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viernes, 18 de mayo de 2012

Declaración universal de Derechos Humanos

Declaración universal de derechos humanos



Adoptada y proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolución 217 A (III), París, Francia, 10 de diciembre de 1948.

Preámbulo

Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana;

Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad; y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias;

Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión;

Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones;

Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres; y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad;

Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre y

Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso,

La Asamblea General de las Naciones Unidas proclama la presente Declaración Universal de Derechos Humanos como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.

Artículo 1
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Artículo 2
1. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
2. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.

Artículo 3
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Artículo 4
Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

Artículo 5
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Artículo 6
Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

Artículo 7
Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

Artículo 8
Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

Artículo 9
Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

Artículo 10
Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.

Artículo 11
1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.

Artículo 12
Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.

Artículo 13
1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.

Artículo 14
1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país
2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 15
1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.

Artículo 16
1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.
3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.

Artículo 17
1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

Artículo 18
Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

Artículo 19
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Artículo 20
1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.

Artículo 21
1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
2. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.
3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.

Artículo 22
Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.

Artículo 23
1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.
3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.
4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.

Artículo 24
Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

Artículo 25
1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.

Artículo 26
1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

Artículo 27
1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.

Artículo 28
Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.

Artículo 29
1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.
3. Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 30
Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.

viernes, 4 de mayo de 2012

4 ambientes, la nueva serie gay


4 ambientes es una nueva serie de temática gay que ve la luz a través de Internet. 


 



Cuatro ambientes nace como respuesta a una necesidad audiovisual para tratar los temas de temática gay y de la comunidad LGBT de forma más personal, basadas en la experiencia de sus realizadores, estudiantes de última año de cine, que han visto en la serie una salida creativa para expresar el nuevo cambio social que se está viviendo en Latinoamérica frente a la comunidad homosexual, especialmente en Argentina.

La Historia se desarrolla en Buenos Aires y cuenta a través de sus protagonistas los diferentes estilos de vida que puede tener una persona gay, haciendo que el espectador, a través del drama y la comedia, se sienta fielmente identificado.

Hay cuatro ambientes. Hay cuatro amigos (Fede, Lean, Martín y Nico) que se van a vivir juntos a un departamento. Hay una vecina extrovertida (Luciana) que los amará. También hay, cómo no va haber una pareja -Lucrecia y Santino-, que son los vecinos homofóbicos y harán hasta lo imposible por sacarlos del edificio.

Hay momentos en comunidad, otros de intimidad, de alegría, de conflictos…como la vida misma. En esto consiste “4 ambientes”, una serie que nació en Buenos Aires, donde se filma, pero que ya recorre la Web subtitulada en varios idiomas.

Ya se estrenaron 5 capítulos de la serie “4 ambientes”, que se puede ver por Internet y a través de youtube.
Esta serie nos muestra una mirada exacerbada de lo que es la vida de cuatro amigos que comparten un departamento: Nico, Martín, Federico y Leandro. Tres de ellos son gays definidos y, uno de los personajes, va saliendo del clóset de a poco, con todo lo que cuesta aceptarse.

Entre los vecinos hay una chica encantada con sus nuevos amigos gay y una pareja heterosexual que muestra su costado homofóbico.
No deja de ser una comedia al estilo latino. Una novela desestructurada con contenidos humorísticos casi delirantes y muy bien llevados. Algunos de los sucesos se asemejan bastante a la realidad. Creo que todos nos podemos sentir identificados con alguno de los personajes, que tienen una actuación muy buena, de ahí que logran una fuerte cercanía.

Es una serie diferente. Los capítulos duran entre 15 y 20 minutos. Está hecha a fuerza de pulmón, con mucho talento y un escenario pintoresco. Se destaca mucho el buen gusto de la elección de los colores en la vestimenta y de los escenarios.

No es casual que en estos tiempos que se viven, donde día a día vamos dejando el clóset colectivo y nos hacemos más visibles, aparezcan este tipo de cosas que van armando una cultura paralela. Gracias a este tipo de aportes, sobre todo en el arte, nos vamos despabilando más.

Esta serie tiene muchos seguidores, especialmente en Latinoamérica: la mayor audiencia está en la Argentina, México, Colombia, Perú y Brasil; también se está instalando en España, donde vivimos una realidad similar en materia de diversidad sexual.

Una evidencia de la aceptación internacional es que el primer capítulo ya está subtitulado en italiano, portugués, inglés y francés.

Es una mirada valiente y desopilante, superficial e introvertida, profunda, también. Y está hecha con muy poco presupuesto. Son más las ganas de mostrar algo diferente y la vocación de los artistas que plasman en la pantalla una divertida comedia, con pinceladas dramáticas. Los conflictos son reales en algún punto. Los celos, los buenos amigos, el chismerío, la vergüenza, la represión, el maltrato, el humor, el grotesco, la alegría, la furia, los diálogos, las sospechas, la envidia, la aceptación, el rechazo, el amor, la venganza, la mentira, el engaño.

La serie tiene todo tipo de condimentos. Es una visión muy enriquecedora de lo que es el colectivo LGTB.


miércoles, 28 de marzo de 2012

Texto modelo para Informar VIH al Empleador



"De mi consideración: Por medio de la presente comunico a Ud. de manera fehaciente que estoy viviendo con el virus del VIH - SIDA. Pongo en conocimiento que, conforme lo normado en la ley 23.798, artículo 2º, bajo ninguna circunstancia este hecho puede ser causal de discriminación, marginación, estigmatización, degradación y/o humillación. Asimismo de acuerdo a la ley nombrada supra y su decreto reglamentario, se debe mantener esta información a resguardo, salvo por los motivos que la propia ley prevé, respetándose asimismo las disposiciones de la Convención Americana de los DDHH incorporada a nuestra Carta Magna, así como la Ley Antidiscriminatoria Nº 23.592 en cuanto dé a lugar. Informo acerca de mi patología a fin de
Los saludo cordialmente."

:: www.nexo.org

viernes, 2 de marzo de 2012

Según la Cámara de Comercio Gay Lésbica Mar del Plata es el destino Gay

Un balance perfecto, que combina mar, sol y playa con la mejor movida de la noche, convierte a Mar del Plata en la más gay-friendly de las ciudades turísticas argentinas.

Es el dato aportado por Pablo de León y pertenece a una encuesta realizada a la comunidad homosexual, que no sabemos de donde? y dicen haber encuestado a 3819 personas, el 65,6% de los cuales se encontraban sin pareja al momento de responder.



Pablo De León, presidente de la Cámara de Comercio Gay Lésbica de Argentina (Ccglar), asegura que el 15% del total de turistas son de la comunidad. 

Y explica los métodos y conclusiones. “Les dimos a elegir entre una lista de ciudades. La Feliz lidera la elección; después viene Rosario, a la que sigue muy de cerca Mendoza. Supera a Córdoba como punto turístico gay. Después están Bariloche y la Patagonia en general, porque les encanta esquiar”, describe De León, quien nos nombra en tercera persona, según la nota del Diario Perfil, no entendimos sino les gusta esquiar o no son gays, o mejor como sugieren ahora que escribamos geis, unos que para escribir Fundación escriben Fundeú, pero sigamos con la nota del Diario Perfil

Con la aprobación del matrimonio igualitario Mar del Plata se terminó de consolidar como destino gay- friendly, ya que muchos lo eligen como lugar de luna de miel, señaló De León y no como nos quisieron vender de una ignota Agencia Turística Gay de Bariloche, donde no hay nada gay para hacer más que de vez en cuando alguna fiesta más particular que pública.

En Mar del Plata con la oferta de playas nudistas y la apertura de bares con onda amigable a la diversidad, es un lugar donde mucha gente puede conocerse. Hay shows temáticos, transformismo y opciones para divertirse. Por ejemplo, la Playa Naturista Escondida, a 25 kilómetros del centro, sobre la Ruta 11, es uno de los lugares elegidos por el turista gay señalan desde Perfil, aunque en la portada del sitio web de Playa Escondida  no haya alguna indicación al respecto (igual por sus caracteristicas dan ganas de conocerla), continúa la nota: También un sector de Playa Chica, en el centro marplatense, es el punto de encuentro donde se reúnen a disfrutar del sol y el mar, sería la vernácula costanera barilochense?

Otros. En cambio, según la encuesta el turista homosexual extranjero prefiere otros destinos. Dentro del país, prefieren Mendoza y en segundo lugar, Buenos Aires; luego Puerto Madryn y Córdoba. Buscan lugares con maravillas naturales y excursiones especiales, sin olvidar los buenos vinos, acá no se acordaron de la patagonia y a nuestro mail gaybariloche@gmail.com llegan muchas consultas de donde hay algo gay para hacer en Bariloche y en la patagonia

La encuesta también preguntó cuáles eran las ciudades latinoamericanas y europeas preferidas para las vacaciones. Entre las primeras, la histórica Río de Janeiro se impuso con más del 62% de las opciones. Cancún, Bariloche y La Habana superaron el 40% (se trataba de múltiples opciones). Acá aparecimos nuevamente, pero no creo que estemos delante de La Habana, porque sabemos que hay mucho turismo sexual a la isla, y no solo turismo gay.

Entre las europeas, rankearon alto París y Roma, con más del 70%; Barcelona, Londres, Amsterdam, Ibiza, Madrid y Venecia tuvieron todas entre el 60 y 70% de aceptación. Si nombran a La Habana y no nombran a Praha algo no cierra.

La encuesta también daba más detalles sobre otro tipo de consumo del público gay lésbico. Entre otros datos, se destaca que el 63,3% dice chequear su página de Facebook varias veces por día y el 15,7%, una vez al día. Usan Internet para realizar compras de música y reserva de hoteles y pasajes. El 73,7% tiene perros como mascota (En los camping del Parque Nacional Nahuel Huapi no se permiten mascotas); el 37,9% gatos; el 10,6% peces; el 9,5% aves y el 2% reptiles.


:: Diario Perfil.com
De nuestra redacción

domingo, 5 de febrero de 2012

Gay Madryn Celebra la designación de Victoria Arraigada

La municipalidad de Neuquén designó a la primer funcionaria transexual de la patagonia



La Subsecretaría de Derechos Humanos de la Municipalidad designó como directora de Diversidad Sexual a Victoria Arriagada.


Según se expresó en un comunicado, la flamante funcionaria tiene "una amplia trayectoria en la lucha por los derechos de las personas que forman parte del colectivo LGBT (Lesbianas, Gays, Bisexuales y Transgéneros)", fue oradora en representación del Grupo Conciencia VIHda en la última marcha del Orgullo LGBT 2011 realizada en Neuquén, formó parte de la lista de concejales de la coalición cívica ARI, y gran luchadora social.

Al asumir en sus funciones, sostuvo que parte de sus objetivos pasan por lograr una mayor inclusión social de las personas que forman parte de este sector de la población. “Queremos trabajar con un abordaje cultural, que permita comenzar un cambio en la visión que, por ejemplo, parte de la comunidad tiene sobre personas travestis”, dijo.

Por otra parte, señaló que apuntará a la capacitación como forma de conceder herramientas que permitan una mayor inserción laboral.

Exitos en tus funciones son nuestros mayores deseos

:: La Mañana de Neuquén

viernes, 6 de enero de 2012

El Chat más visitado de la Patagonia es el de Gay Bariloche

Bienvenido al chat gay bisexual alternativo más visitado de la patagonia, lo vamos a publicar en una nueva pagina porque están entrando muchas personas a intercambiar de todo.



Respeten que es un chat con moderador, no como los chat gay de Gay Chubut www.gaychubut.com.ar o el chat gay de  Gay Neuquén  Gaynqn www.gaynqn.com.ar o el chat gay de Gay Tierra del Fuego www.tierradelfuegogay.blogspot.com.ar

sábado, 24 de diciembre de 2011

Apostasía colectiva

Nuevo video de Apostasía Colectiva

Convocamos a todas las personas bautizadas en la Iglesia Católica que se sientan lejanas a la institución y que quieran apostatar colectivamente, y cualquiera interesada en adherir, difundir, donar o simplemente informarse sobre el proceso de apostasía.

También convocamos a todas las personas, colectivos o instituciones que deseen reformular y apropiarse de esta convocatoria y llevarla adelante en sus espacios de acción cotidiana.

Ante cualquier inconveniente en la presentación de sus apostasías pueden dirigirse al Notario del Arzobispado de Buenos Aires, Sr. Cesar Sturba http://www.arzbaires.org.ar/p_curia.html teléfono 011-4343-0812 interno 230 o 276.
Para pedir la eliminación de sus datos de los registros, además de la anotación al margen del acta de bautismo, deberán hacer un reclamo formal en la Dirección Nacional de Proteccion de Datos Personaleshttp://www.jus.gob.ar/datos-personales.aspx


:: Del Facebook Apostasía Colectiva